viernes, 25 de septiembre de 2026

Celeste: las facturas no mienten

Sara Santano (Carmen Machi) es una inspectora de Hacienda que recibe el encargo de un superior para cubrir el expediente de una popular cantante de música latina llamada Celeste (Andrea Bayardo).

La trama gira en torno a la obsesión de la funcionaria viuda y a punto de jubilarse por demostrar que la mexicana ha estado más de 183 días durante el último año natural en España (es decir, 184 días o más certificados), lo que equivaldría a su residencia fiscal, según el artículo 9 de la Ley del IRPF.

Para ello utiliza todo tipo de estrategias habidas y por haber para intentar enlazar varios indicios que constituyan una prueba definitiva de un presunto delito fiscal.

En la serie, la celebrity acumula una presunta deuda con el fisco cercana a los veinticinco millones de euros.

La Constitución de 1978 refleja los cimientos del sistema tributario español en su artículo 31. En él “todos”, es decir, los residentes (personas físicas que permanezcan en España más de 183 días) están obligados a tributar y contribuir con la administración; ya sea estatal, autonómica, foral o local (esto último se tipifica en legislación de desarrollo).

Actualmente, en España, la vía penal con la AEAT se abre por el presunto delito de 120.000 € por cada tributo y ejercicio fiscal. Es decir, a partir de esa cantidad económica deja de ser una infracción administrativa y pasa a ser un delito.

En el Código Penal de nuestro país, el delito fiscal se regula en el Título XVI De los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social (arts. 305 y 305 bis del Código Penal): el tipo básico consiste en la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía, salvo que la persona investigada hubiere regularizado su situación tributaria (art. 305.1 CP).

Los supuestos de regularización extraordinaria para evitar la responsabilidad penal están tipificados en el punto 4 del 305. Si antes de que la Agencia Tributaria o la justicia inicien actuaciones contra el contribuyente, este paga la deuda no tendría consecuencias penales. Si se hace con retraso y el juez lo considera, puede constituir un atenuante.

La producción audiovisual muestra de una forma caricaturesca las dos caras del procedimiento tributario: a una administración que defiende con celo la legislación tributaria y a la parte del contribuyente, incluido su asesoramiento legal, capaz de hacer cualquier cosa por defender su patrimonio. Se muestra a un exfuncionario que ahora se dedica a ayudar a eludir impuestos.

En la serie también se dejan en evidencia las características de los paraísos fiscales (territorios con baja o nula tributación). Concretamente se habla de Panamá, Miami, Granada o Islas Vírgenes. En aquellos lugares, según la trama, la firma de un notario, por ejemplo, es mucho más fácil de conseguir que en una jurisdicción fiscal cooperativa.

Para concluir, y por si no lo sabía el lector, Celeste está basada en el caso Shakira. En la realidad, la cantante colombiana acabó ganando a Hacienda por una sentencia de la Audiencia Nacional en 2026 que anula la resolución del contencioso-administrativo de la AEAT por supuesto fraude fiscal. Pero no quiero desvelar el final de la trama, para ello invito al lector a que la visione en Movistar Plus.


Juan Jesús Hernández González, estudiante de Derecho y administración de Divulgo Derecho.



lunes, 21 de septiembre de 2026

La Casa que enloquece: una parodia del Derecho Administrativo moderno

Las Doce pruebas de Astérix, película animada dirigida por René Goscinny, Albert Uderzo, Henri Gruel y Pierre Watrin, contiene una escena que dura unos diez minutos que en internet la podemos encontrar bajo el título de "La casa que enloquece".

Astérix y Obélix necesitan solo una cosa para pasar la prueba: conseguir el formulario A-38.

Dicha escena es una parodia al sistema administrativo moderno y a la forma actual de relacionarse con la Administración.

Los funcionarios, cuando no estaban descansando u ociosos, comienzan solicitando a los irreductibles galos varias formalidades y requerimientos.

Llega un punto en que nuestros protagonistas, además de exhaustos por subir y bajar escaleras, acaban agotados psicológicamente, por lo que para contrarrestar las negativas administrativas deciden sacarse de la chistera un formulario inventado: el A-39.

La historia acaba con un funcionariado enloquecido y con nuestros amigos obteniendo el formulario A-38, recibido por el mismo coordinador general (solamente tuvieron que pedírselo directamente a él).

En España nos podemos sentir reflejados con este sketch porque, por hache o por be, todos nos hemos relacionado de alguna manera con la Administración: para recurrir una multa, expedir el DNI o solicitar una beca.

La Administración española ha sido advertida en numerosas ocasiones por la Unión Europea y el FMI, entre otras organizaciones, por su excesiva burocracia.

Hace solo cuatro días, la Cámara de Comercio de España emitió un informe titulado: Competir en la economía digital: el papel de las infraestructuras IT.

En él se alabó la administración electrónica actual en nuestro país, pero se reflejó una clara deficiencia burocrática en la coordinación entre administraciones públicas, concretamente entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, proponiendo, entre otras cosas, una ventanilla única de coordinación interadministrativa, la armonización de los estándares regulatorios con la normativa europea (Directiva UE 2023/1791 y el Reglamento Delegado UE 2024/1364) y un plan nacional de suelo apto para centros de datos.

Me gustaría citar textualmente un extracto del informe: "La complejidad administrativa y la fragmentación regulatoria entre comunidades autónomas constituyen barreras significativas para la inversión en infraestructura digital. La simplificación no implica reducir las garantías ambientales o urbanísticas, sino establecer marcos ágiles, predecibles y no discriminatorios".

El 20 de octubre de 2026 se cumplirán cincuenta años del estreno del largometraje en el que se encuentra la peculiar escena. La Administración ha cambiado mucho, pero los profesionales e investigadores del Derecho se siguen sintiendo muy identificados con este tipo de memes.

Sería interesante que nuestras autoridades legisladoras se dejen asesorar mejor por los juristas y escuchen la voz de muchos ciudadanos para crear entre todos una Administración digna del siglo XXI y dejar atrás las trabas administrativas que nos hacen pensar que cualquier parecido con la realidad, al solicitar el ficticio modelo A-38, es pura coincidencia.




Juan Jesús Hernández, estudiante de Derecho y CEO de Divulgo Derecho.

 

sábado, 19 de septiembre de 2026

¿Qué es Divulgo Derecho?

Juan Jesús Hernández González, CEO y fundador de Divulgo Derecho, hace saber que:

Divulgo Derecho nace como un nuevo blog jurídico. En él, su CEO y fundador, Juan Jesús Hernández (quien en 2026 cursa 2.º de Derecho), busca compartir sus experiencias en materia jurídica.

El proyecto da el salto desde las principales redes sociales y se abre con mucha ilusión a la plataforma de blogging más famosa de la web: blogger.com.

¿Qué os encontraréis en este blog?

Ante todo, mi punto de vista sobre la actualidad desde la perspectiva del Derecho. También anuncio que este blog está abierto a que colaboradores, profesionales o no, participen en él.

¿Qué valores e ideario tiene?

Este blog radica en España y, por lo tanto, se rige por la siguiente lista de principios (no necesariamente en este orden):

  1. Estado de Derecho.

  2. Libertad de expresión.

  3. Orden constitucional.

  4. Humanismo cristiano.

  5. Críticas constructivas.

  6. Respeto y cumplimiento de la legalidad vigente.

Quien dirige este blog no tiene adscripción política alguna, más allá de que, puntualmente, pueda defender o criticar la conducta de los representantes públicos o de las instituciones.

Toda crítica estará hecha desde el respeto, la tolerancia y el sentido común de un adulto con capacidad de obrar.

Mi compromiso es que será un blog independiente y subjetivo, pero también divulgativo y apasionado.

Remarco que estará sujeto a la legalidad vigente y no se permitirán publicaciones que crucen o bordeen el marco del derecho penal y/o civil en lo relativo a los límites de la libertad de expresión.

El CEO y fundador se reserva el derecho a no publicar o a borrar con posterioridad las publicaciones que considere que incumplen los preceptos y principios anteriormente señalados.

Las opiniones personales vertidas en este blog, tanto de colaboradores como de lectores, son estrictamente personales, haciéndose responsable cada uno de sus afirmaciones.

¿Cómo me pongo en contacto con Divulgo Derecho?

El principal medio de contacto es el correo electrónico divulgoderecho@gmail.com.

¿Recibe financiación este medio?

No, en la actualidad no tiene financiación. La idea es que sea un blog sin ánimo de lucro.

¿Se cobra por escribir en este blog?

Ninguno cobramos una remuneración por escribir en él. La filosofía es que sea un espacio altruista de estilo win-win. El CEO pone a disposición del colaborador un espacio del que este no dispone, y el CEO lleva a cabo su propio proyecto y potencia su marca.

¿Se puede colaborar de forma regular?

Claro. La idea es que el blog vaya creciendo poco a poco. No se firma un contrato de colaboración, pero se busca un compromiso lo más regular posible para lograr una mejor organización.

Si eres jurista, estudiante de Derecho o ADE, opositor, o simplemente te apasionan los temas jurídicos y quieres formar parte de este proyecto, este es tu espacio.








Celeste: las facturas no mienten

Sara Santano (Carmen Machi) es una inspectora de Hacienda que recibe el encargo de un superior para cubrir el expediente de una popular cant...